La reforma política - Con la colaboración de Lasillavacia.com

El ABC de la reforma política

Mucho se ha escuchado mencionar en los medios de la "reforma política", tanto que se convirtió en un tema desgastado que para la mayoría pasa desapercibido y termina por ser uno de esos argumentos tediosos de los que todos creen saber pero pocos conocen en realidad. Pero, ¿de qué trata? Te lo resumimos brevemente.
El ABC de la reforma política
Foto: cortesía Proexport
Silla vacía
Pretende que aquellos miembros del Congreso de la República que hayan sido condenados por la Justicia, ya sea por vínculos con grupos al margen de la ley o cualquier otro delito, no puedan ser remplazados y que su partido de pertenencia pierda la curul en el momento en que haya una sentencia definitiva. De acuerdo al ministro del interior, Fabio Valencia Cossiom "la silla vacía operará desde cuando entre en vigencia la reforma, pero si el congresista es absuelto puede volver a su curul".
 
La "silla vacía" es una de las normas esenciales de un proyecto cuya raíz fue la denominada "parapolítica" y que busca que los grupos irregulares, trátese de guerrilla o autodefensas, tengan alguna influencia sobre el poder legislativo.
 
Consultas interpartidarias
Este artículo de la reforma, busca que después de definirse las candidaturas, los diferentes partidos puedan realizar una consulta entre sus aspirantes para elegir al abanderado de su coalición. El resultado tendrá el carácter de obligatoriedad para las colectividades que participen.
 
Tal vez se trate del componente menos polémico de la reforma, ya que le permitiría a los partidos buscar consensos dentro del oficialismo pero también en la oposición. De esta forma, el congreso colombiano adoptaría un modelo casi que bipartidista, permitiendo la formación de dos grandes bloques en esta rama del poder, en este caso, un uribismo y un bloque opositor.
 
Inhabilidades
Otro de los puntos candentes de la reforma, pues impediría que concejales y diputados puedan aspirar al Congreso así renuncien a la corporación para la cual fueron elegidos.
 
Umbral
El Consejo Nacional otorgará personería jurídica a los partidos, movimientos políticos o listas cívicas que obtengan al menos el cinco por ciento de los votos emitidos, excluyendo de este límite a las circunscripciones de las minorías, las cuales sólo podrán avalar candidatos que pertenezcan sus propios grupos.
 
Sanciones a partidos
Cada partido, movimiento político o lista cívica acreditada ante el Congreso deberá responder por la presencia en sus filas de miembros vinculados con grupos al margen de la ley y por tal motivo recibirá sanciones que van desde multas y la devolución de recursos por reposición de votos hasta la pérdida de personería jurídica.
 
Doble militancia
Quedaría prohibida la pertenencia a más de un partido o movimiento, así como el apoyo de concejales, diputados o congresistas enrolados en otras filas diferentes a las de la propia colectividad política. Todo aquel que desee desvincularse de su propia agrupación y pasar a otra deberá renunciar a la curul al menos doce meses antes de las inscripciones para la siguiente elección. Sin embargo, un punto polémico de este artículo permitiría a los congresistas, por una sola vez y hasta seis meses después de la entrada en vigor de la Reforma, cambiar de filas sin incurrir en doble militancia.
 
 
 
 

publicidad

ivp reforma2
This video requires the Adobe® Flash® Player. Download a free version of the player.

Tú decides

  1. ¿Qué tan informado estás de la reforma política?

Vota para ver los resultados

Clic aquí para ver los resultados

  1. ¿Qué tan informado estás de la reforma política?
    1. Conozco todos sus puntos
      7%
    2. Me enteré de algunos de sus artículos
      21%
    3. La desconozco por completo pero la he oído mencionar
      49%
    4. ¿La reforma de qué?
      23%
1012 respuestas, no válidas científicamente, se actualizan cada minuto
Más información en Lasillavacia.com